En Argentina pueden solicitar las jubilaciones aquellos quienes trabajaron en alguna de las siguientes actividades especiales.
Deben tener mínimo 57 años de edad (sin distinción de sexo) y 25 años de aportes de servicio en relación de dependencia en la actividad.
Los más habituales en solicitar esta jubilación son hombres, y la edad mínima requerida varía según el período trabajado:
Para ambos sextos se requieren mínimo 25 años de servicio con aportes, con al menos 12 de los últimos 15 años trabajados en el sector de la construcción.
Se requiere haber cumplido los 60 años de edad para mujeres y 65 para los hombres, con 30 años de servicio con aportes abonados.
Edad mínima requerida para solicitarla: 57 años para las mujeres y 60 para los hombres, con mínimo 30 años de servicio docente, reduciéndose a 25 si 10 de ellos (continuos o discontinuos) han sido al frente de alumnos.
En las escuelas con una ubicación muy desfavorable o de educación especial se computan 4 años por cada 3 años de servicio efectivo.
No tienen límite de edad (tampoco distinción por sexo), pero si se requieren mínimo 25 años al frente directo de alumnos con aportes.
Este decreto incluye a: pilotos, copilotos, mecánico de navegante, radio-operadores, navegadores, instructores o inspectores de vuelo, auxiliares, comisario auxiliar de abordo o similar.
Se requieren mínimo 50 años de edad (sin distinción de sexo) y al menos 30 años de servicio con aportes.
Se requieren al menos 60 años de edad (sin distinción de sexo) y un mínimo de 30 años de servicio con 20 de aportes computables en uno o más regímenes de los sistemas de reciprocidad jubilatoria.
Incluye a los que trabajan en: CONICET, CNEA, INTA, INTI, CONAE, SEGEMAR, INIDEP, INA, CITEFA, ANLIS y los que se creen a futuro.
Con los requisitos de haber cumplido los 60 años de edad para mujeres y 65 para los hombres,.
Y contar con 30 años de servicio en cualquier régimen del sistema de reciprocidad jubilatoria, de los cuales deben acreditar al menos 15 continuos o 20 discontinuos en actividades específicas, en uno o varios de los organismos mencionados anteriormente, en el país o en el extranjero (los últimos 5 años anteriores a la cesación definitiva: en el país).
Se requiere que hayan cumplido los 60 años de edad para mujeres y 65 para los hombres, con al menos 30 años de servicio con aportes.
Estas son las jubilaciones vigentes para trabajadores de actividades especiales. Haciendo click en cada actividad especial encontrarán más información al respecto.
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